¿Qué es la CEC?

La Capital Europa de la Cultura es un título conferido por el Parlamento Europeo y el Consejo de Europa a una, dos o tres ciudades europeas y tiene como objetivos:

Marco LEgal

Objetivos generales

Objetivos específicos

Criterios de evaluación.
¿Cómo se evalúan las solicitudes a la capitalidad?:

Los criterios de evaluación son los siguientes:

Contribución a la estrategia a largo plazo

Dimensión
Europea

Contenido Cultural
y Artístico

Capacidad para Alcanzar los Objetivos

Trabajo
de Proximidad

Gestión

De cada criterio se tendrán en cuenta una serie de indicadores, desarrollados a continuación:  

1. Contribución a la estrategia a largo plazo.

a) Que ya esté aplicándose una estrategia cultural para la ciudad candidata en el momento de la solicitud que se extienda a la acción, e incluya planes para mantener las actividades culturales más allá del año del título;

b) los planes para reforzar la capacidad de los sectores cultural y creativo, con inclusión del desarrollo a largo plazo del vínculo entre el sector cultural y los sectores económico y social de la ciudad candidata;

c) las repercusiones culturales, sociales y económicas a largo plazo, incluido el desarrollo urbano, que se prevé que el título tenga en la ciudad candidata;

d) los planes para el seguimiento y la evaluación del impacto del título en la ciudad candidata y para la difusión de los resultados de la evaluación.

2. Dimensión europea.

a) el alcance y la calidad de las actividades de promoción de la diversidad cultural de Europa, del diálogo intercultural y de una mayor comprensión mutua entre los ciudadanos europeos;

b) el alcance y la calidad de las actividades que resaltan los aspectos comunes de las culturas, el patrimonio y la historia de Europa, así como la integración europea y temas europeos de actualidad;

c) el alcance y la calidad de las actividades realizadas con artistas europeos, la cooperación con operadores o ciudades de distintos países, incluidas, en su caso, otras ciudades portadoras del título, y las asociaciones transnacionales;

d) la estrategia para atraer el interés de un amplio público europeo e internacional.

3. Contenido cultural y artístico.

a) una visión y una estrategia artísticas claras y coherentes del programa cultural;

b) la participación de artistas locales y organizaciones culturales en la elaboración y aplicación del programa cultural;

c) la amplitud y la diversidad de las actividades propuestas y su calidad artística general;

d) la capacidad de combinar el patrimonio cultural local y las formas de arte tradicionales con expresiones culturales nuevas, innovadoras y experimentales.

4. Capacidad para alcanzar los objetivos.

a) la solicitud cuenta con un amplio y firme respaldo político y un compromiso sostenible por parte de las autoridades locales, regionales y nacionales;

b) la ciudad candidata tiene o tendrá infraestructuras adecuadas y viables para acoger el título.

5. Trabajo de proximidad.

a) la implicación de la población local y de la sociedad civil en la preparación de la solicitud y la puesta en práctica de la acción;

b) la creación de oportunidades nuevas y duraderas para que una amplia franja de ciudadanos pueda asistir a actividades culturales o participar en ellas, especialmente los jóvenes, los voluntarios y las personas marginadas y desfavorecidas, incluidas las minorías, prestando una atención particular al acceso a estas actividades de las personas con discapacidades y las personas mayores;

c) la estrategia global para ampliar la audiencia, en particular el vínculo con la educación y la participación de los colegios.

6. Gestión.

a) la viabilidad de la estrategia de recaudación de fondos y del presupuesto propuesto, que incluirá, en su caso, planes para solicitar el apoyo financiero de programas y fondos de la Unión y cubrirá la fase de preparación, el año del título en sí, la evaluación y las provisiones para las actividades relativas al patrimonio, así como los planes de contingencia;

b) la gobernanza y la estructura de gestión previstas para llevar a cabo la manifestación de la acción, que incluye disposiciones para una adecuada cooperación entre la autoridad local y la estructura de gestión, con inclusión del equipo artístico;

c) los procedimientos de nombramiento del director general y el director artístico y sus campos de acción;

d) la estrategia de publicidad y de comunicación es completa y destaca que la acción es una acción de la Unión;

e) la estructura de gestión cuente con personal que posea las capacidades y la experiencia adecuadas para planificar, gestionar y ejecutar el programa cultural correspondiente al año del título.